La Superintendencia Nacional de Criptoactivos y Actividades Conexas (Sunacrip) publicó la providencia que regula el registro contable de operaciones y hechos económicos expresados en criptoactivos.
La providencia nĆŗmero 097-2019 publicada en Gaceta Oficial establece los parĆ”metros para los registros contables con criptoactivos que deben seguir las personas naturales y las personas jurĆdicas, pĆŗblicas y privadas, en el territorio nacional.
De acuerdo con la normativa, las personas naturales, jurĆdicas, pĆŗblicas y privadas deberĆ”n cumplir con la presentación dual de su contabilidad, expresada tanto en Criptoactivos soberanos como en la moneda de curso legal BolĆvares soberanos, reseƱa una nota de prensa de Sunacrip
Los entes reguladores a los que corresponde el establecimiento de los parÔmetros contables aplicables a los respectivos sujetos obligados dictarÔn las normas que correspondan y tomarÔn en consideración lo establecido en esta providencia y previa coordinación con la Sunacrip.
El órgano al que corresponde ejercer la rectorĆa tĆ©cnica en el sector pĆŗblico atenderĆ” lo establecido en esta Providencia en cuanto al registro de los hechos económicos con criptoactivos y coordinarĆ” con la Sunacrip cualquier regulación a dictarse en esta materia.
AVN