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BCV autoriza a las entidades financieras comprar y vender divisas

El Banco Central de Venezuela (BCV) autorizó a las entidades financieras del país a realizar la compra y venta de divisas entre personas naturales y jurídicas a través de mesas de cambio, en la que los interesados podrÔn presentar cotizaciones de oferta o demanda "sin restricción alguna".
El Banco Central de Venezuela (BCV) autorizó a las entidades financieras del país a realizar la compra y venta de divisas entre personas naturales y jurídicas a través de mesas de cambio, en la que los interesados podrÔn presentar cotizaciones de oferta o demanda "sin restricción alguna".
La medida que estƔ disponible en la pƔgina web del BCV y que no especifica cuƔndo entrarƔ en vigencia el nuevo mecanismo, seƱala en el artƭculo 1 que los bancos podrƔn pactar a travƩs de su mesas de cambio entre clientes de sus instituciones "o en transacciones interbancarias, operaciones de compra y venta de monedas extranjeras por parte de las personas naturales y jurƭdicas del sector privado".
Agrega en el artículo 6 que "los interesados en presentar cotizaciones de oferta o demanda de monedas extranjeras a través de las mesas de cambio de los operadores cambiarios, podrÔn hacerlo sin restricción alguna", aunque cumpliendo ciertos requisitos.
Para que las personas jurídicas o naturales puedan presentar sus cotizaciones deben "haber cumplido satisfactoriamente con los procesos de debida diligencia por ante el operador cambiario respectivo" y ser clientes de una institución bancaria del sistema financiero nacional.
Con este anuncio, entra en Venezuela un nuevo mecanismo para la compra y venta de divisas, a travƩs de mesas de cambio y que deroga el llamado Dicom, un sistema de subastas que operaba desde 2017.
AdemƔs, la medida tambiƩn implica el levantamiento del control de cambio que opera en el paƭs desde 2003 y por el que el Estado tenƭa el monopolio de divisas.
Sin embargo, economistas como Asdrubal Oliveros, de la firma Ecoanalítica, señalan que aunque se decrete el levantamiento del control de cambio "la medida no puede llevarse a cabo en la prÔctica" debido a la "agresiva política de encaje, el marco regulatorio, la hiperinflación y la depresión de la economía".
A esto, dijo Oliveros en una nota de prensa, hay que sumarle "las limitaciones que tienen las entidades financieras para operar a travƩs de los bancos corresponsales", producto de las sanciones financieras de Estados Unidos.
Indicó que aunque se le da mÔs autonomía a las operaciones entre privados, la dinÔmica de sanciones y crisis económica "diluyen los potenciales beneficios que esta medida puede traer".
Por otro lado, la resolución del Banco Central explica que las entidades financieras tendrÔn que informar al ente emisor "el tipo de cambio promedio ponderado resultante de las operaciones pactadas al final de cada jornada" e indicar el volumen transado.
Conforme a la información que le suministren los bancos, el ente emisor publicarÔ diariamente en su pÔgina web el tipo de cambio del día.
El ente emisor no informó sobre el valor de cotización con el cuÔl arrancarÔ el nuevo mecanismo de cambio y tampoco respondió de inmediato a la solicitud de Efe.
EFE