El Banco Central de Venezuela (BCV) autorizó a las entidades financieras del paĆs a realizar la compra y venta de divisas entre personas naturales y jurĆdicas a travĆ©s de mesas de cambio, en la que los interesados podrĆ”n presentar cotizaciones de oferta o demanda "sin restricción alguna".
La medida que estĆ” disponible en la pĆ”gina web del BCV y que no especifica cuĆ”ndo entrarĆ” en vigencia el nuevo mecanismo, seƱala en el artĆculo 1 que los bancos podrĆ”n pactar a travĆ©s de su mesas de cambio entre clientes de sus instituciones "o en transacciones interbancarias, operaciones de compra y venta de monedas extranjeras por parte de las personas naturales y jurĆdicas del sector privado".
Agrega en el artĆculo 6 que "los interesados en presentar cotizaciones de oferta o demanda de monedas extranjeras a travĆ©s de las mesas de cambio de los operadores cambiarios, podrĆ”n hacerlo sin restricción alguna", aunque cumpliendo ciertos requisitos.
Para que las personas jurĆdicas o naturales puedan presentar sus cotizaciones deben "haber cumplido satisfactoriamente con los procesos de debida diligencia por ante el operador cambiario respectivo" y ser clientes de una institución bancaria del sistema financiero nacional.
Con este anuncio, entra en Venezuela un nuevo mecanismo para la compra y venta de divisas, a travƩs de mesas de cambio y que deroga el llamado Dicom, un sistema de subastas que operaba desde 2017.
AdemĆ”s, la medida tambiĆ©n implica el levantamiento del control de cambio que opera en el paĆs desde 2003 y por el que el Estado tenĆa el monopolio de divisas.
Sin embargo, economistas como Asdrubal Oliveros, de la firma EcoanalĆtica, seƱalan que aunque se decrete el levantamiento del control de cambio "la medida no puede llevarse a cabo en la prĆ”ctica" debido a la "agresiva polĆtica de encaje, el marco regulatorio, la hiperinflación y la depresión de la economĆa".
A esto, dijo Oliveros en una nota de prensa, hay que sumarle "las limitaciones que tienen las entidades financieras para operar a travƩs de los bancos corresponsales", producto de las sanciones financieras de Estados Unidos.
Indicó que aunque se le da mĆ”s autonomĆa a las operaciones entre privados, la dinĆ”mica de sanciones y crisis económica "diluyen los potenciales beneficios que esta medida puede traer".
Por otro lado, la resolución del Banco Central explica que las entidades financieras tendrÔn que informar al ente emisor "el tipo de cambio promedio ponderado resultante de las operaciones pactadas al final de cada jornada" e indicar el volumen transado.
Conforme a la información que le suministren los bancos, el ente emisor publicarĆ” diariamente en su pĆ”gina web el tipo de cambio del dĆa.
El ente emisor no informó sobre el valor de cotización con el cuÔl arrancarÔ el nuevo mecanismo de cambio y tampoco respondió de inmediato a la solicitud de Efe.
EFE